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reclamos
Si no estás conforme con la respuesta a tu solicitud, presenta una Hoja de Reclamación disponible en nuestras agencias, conforme a las “Normas para el fortalecimiento de la transparencia, la cultura financiera y atención al usuario financiero en las instituciones supervisadas” emitidas por la CNBS.
Como usuario financiero, deberás acudir a las oficinas de La Dirección de Protección al Usuario Financiero (DPUF), presentando copia de la hoja de reclamación que fue ingresada ante nuestra institución acompañada de la respuesta correspondiente, exponiendo los motivos por los cuales considera que la respuesta no le es satisfactoria y adjuntando toda la documentación que considere pertinente.
La CNBS resolverá mediante resolución, en un plazo no mayor de cuarenta (40) días hábiles, contados a partir de la fecha en la cual considere que la información requerida a la institución supervisada está completa.
En el marco del debido proceso, la institución supervisada o el usuario financiero pueden solicitar a la CNBS, la revisión de la decisión adoptada (recurso de reposición), en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de recibida la resolución emitida por la CNBS.
Recibida dicha solicitud, la CNBS resolverá mediante resolución, agotando de esta forma la vía administrativa, sin perjuicio del derecho que tienen las partes de acudir a la respectiva instancia judicial.
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