Sugerencias
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Un seguro es un contrato con el que la compañía se obliga, mediante el cobro de una prima a cubrir el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas
Es el documento que contienen las disposiciones que regulan la relación contractual entre la compañía de seguros y el asegurado, la compañía está obligada a entregar al asegurado el documento póliza.
Es el valor de la cuota o aportación económica que debe satisfacer el contratante o asegurado a la compañía de seguros, en concepto de contra prestación por la cobertura del riesgo que el contrato de seguro garantiza.
Se define como la realización del riesgo asegurado y previsto en la póliza, del cual surge la obligación de la compañía de seguros a indemnizar las coberturas contratadas.
Es una persona natural o comerciante individual inscrito en el registro de agentes de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, que actúa como intermediario en la celebración de contratos de seguros o fianzas y su renovación con una o varias compañías de seguros, percibiendo de estas una comisión, no existiendo relación de dependencia entre las partes.
Es una sociedad mercantil inscrito en el registro de agentes de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, que actúa como intermediario en la celebración de contratos de seguros o fianzas y su renovación con una o varias instituciones de seguros percibiendo de estas una comisión, no existiendo relación de dependencia entre las partes.
Se refiere a la información que el asegurado deja de reportar en la solicitud de seguros y que es relevante para el análisis del riesgo y aprobación de su inclusión en la póliza o para efectuar el pago de un siniestro.
Es la persona designada por el contratante de la póliza, que recibe la indemnización cuando ocurre un siniestro
El seguro de vida brinda protección económica al asegurado y a las personas que el asegurado tiene a su cargo. En caso del fallecimiento de éste, sus beneficiarios o herederos acceden a una indemnización de acuerdo a la suma asegurada contratada.
En caso de incapacidad total y permanente del asegurado, éste recibirá la suma asegurada anticipada, pagadera en rentas mensuales.
Es el límite máximo de cobertura económica que asumirá la compañía de seguros en caso de indemnización a favor del asegurado o de sus beneficiarios, producto de un siniestro cubierto por la póliza.
Toda persona natural con edades comprendidas entre los 21 y 65 años.
Es un seguro que cubre los gastos médicos elegibles en que incurra un asegurado a causa de una enfermedad o lesión accidental cubierta por la póliza.
Es el límite máximo de cobertura económica que otorgará la compañía de seguros a cada asegurado, que se reembolsará por una o más enfermedades o accidentes cubiertos, mientras goce de cobertura en la póliza, una vez agotado el máximo vitalicio la compañía de seguros procederá a cancelación de la póliza.
El máximo vitalicio irá disminuyendo automáticamente en la cantidad o cantidades que se hayan pagado por las distintas reclamaciones.
Son los gastos, servicios y suministros médicos por los cuales la compañía brindará cobertura al asegurado por ser considerados médicamente necesarios para el diagnóstico y/o tratamiento de lesiones accidentales y enfermedades siempre que estén dentro de los cargos usuales y acostumbrados del área geográfica dónde se de la atención médico-hospitalaria.
Son los gastos, cargos o costos por servicios médicos y hospitalarios por los que la compañía de seguros no reconocerá cobertura ni asumirá suma alguna, aun cuando hayan sido recibidos por un asegurado, salvo que en las condiciones particulares de la póliza se estipulo algo más.
Es el monto que cada asegurado o dependiente elegible debe cubrir por cuenta propia en un evento o debe acumular durante el año calendario o año póliza por razón de gastos elegibles cubiertos. Después de satisfecho el deducible, la compañía de seguros pagará a cada asegurado o dependiente elegible, el porcentaje estipulado en las Condiciones Particulares de la póliza.
Es el porcentaje de participación del asegurado, que se aplicará a los gastos elegibles en cada reclamación después de cubrir el deducible.
Se define como una enfermedad, lesión corporal, condición de salud o la presencia de síntomas y/o signos por los cuales el asegurado, previo a la fecha efectiva de su seguro:
Se consideran también enfermedades o lesiones pre-existentes:
Las atención de emergencia no requieren pre-certificación y el asegurado podrá asistir a cualquiera de los hospitales en la red de proveedores y solicitar el servicios de ambulancia en casos de emergencias, a través nuestro proveedor PORSALUD con servicios disponible las 24 horas Tel: 2280-5252 en Tegucigalpa Tel: 2580-5252 en la zona norte.
Son médicos, hospitales, farmacias, laboratorios, centro de radio imágenes y clínicas de atención primaria que tienen un contrato de común acuerdo con la compañía de seguros para proveer servicios y suministros al asegurado, a la cual el asegurado tendrá acceso preferencial a través de su seguro médico, teniendo que pagar únicamente el coaseguro o co-pago, deducible, gastos no cubiertos y excesos.
Al solicitar los servicios el asegurado deberá presentar su carnet de asegurado vigente y una identificación personal con fotografía y le será brindada la atención. Al ser dado de alta el asegurado deberá pagar el coaseguro o co-pago, deducibles y gastos no cubiertos o excesos, posteriormente la compañía pagará al hospital el valor de los gastos elegibles.
Si los gastos incurridos son menores a L,1,500.00 en atenciones hospitalarias y de emergencias el asegurado deberá pagar el 100% y solicitar el reembolso a la Compañía de Seguros.
Para poder utilizar los servicios en la red de proveedores las primas de seguros deben estar al día.
Es el proceso mediante el cual el asegurado debe solicitar a la compañía la autorización para la realización de un procedimiento quirúrgico y no quirúrgico programado o electivo, considerando los siguientes aspectos:
Es el arancel bajo el cual las compañías de seguros reconocen los honorarios médicos quirúrgico y no quirúrgico.
Es el seguro que cubre los gastos médicos elegibles en que incurra un asegurado a causa de una lesión accidental cubierta por la póliza.
Es el seguro que brinda protección económica a las personas que el asegurado tiene a su cargo. En caso del fallecimiento de éste a causa de una lesión accidental, sus beneficiarios o herederos acceden a una indemnización de acuerdo a las coberturas contratadas.
Es el límite máximo de cobertura económica que asumirá la institución de seguros en caso de indemnización a favor del asegurado o de sus beneficiarios, producto de un siniestro cubierto por la póliza.
Ocurrencia de un suceso amparado en la póliza de seguros.
Acción de transferir los derechos que corresponden al asegurado contra un tercero en caso de ser responsable del siniestro.
Documento legal que describe los por menores de un accidente vehicular y el dictamen según audiencia en tránsito.
Valor monetario o porcentaje establecido en una póliza, que el asegurado paga según la cobertura afectada.
Recomendaciones en Caso de Accidente de Tránsito
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